Tras haber realizado la obra de redención en Su humillación, Jesucristo la continúa en Su exaltación. A la expiación de su sacrificio en la cruz, le sigue su presencia ante el trono de Dios Padre en calidad de Mediador. Jesucristo es el Rey, a cuyos pies el Padre le sujetó todas las cosas (Hebreos 2:8-9). Pero también Él es el Sacerdote celestial, el único designado y aprobado por el Padre para llevar a cabo este ministerio a favor de los hombres (Hebreos 5:5-6). Él es, pues, Sumo Sacerdote y Rey, según el orden de Melquisedec, sacerdote del Dios Altísimo, Rey de justicia y Rey de paz (Hebreos 5:10 y 7:1-3). Es enla Cartaa los Hebreos donde se nos expone de manera más detallada este maravilloso oficio o ministerio del Jesucristo exaltado como Sumo Sacerdote de Su pueblo. Este es precisamente uno de los temas principales de esta epístola.
Mes: junio 2011
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II. Segunda cuestión
De la naturaleza de la ley moral
Los preceptos del Decálogo, ¿son de derecho natural e indispensables?
Nosotros lo afirmamos.
I. Acerca de la ley moral se pueden plantear cuatro preguntas.
1) ¿Cuál es su naturaleza?
2) ¿Cuáles son sus partes?
3) ¿Cuál es su uso?
4) ¿Ha sido abrogada?
En cuanto a su naturaleza, se habla de su inmutabilidad y de su perfección; acerca de sus partes, se habla acerca del reparto de sus preceptos y de su significado real; acerca de su uso, se pregunta si es absoluto o relativo, en función de los diversos estados del hombre (estado de naturaleza, de pecado o de gracia); en cuanto a abrogación, en qué medida se puede decir que ella ha sido o no abrogada.
El estado de la cuestión de la naturaleza de la ley moral
Si existe un derecho natural y necesario
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Para comprender la posición de Calvino acerca de lo que conocemos hoy como “preparacionismo”, es necesario abordar los escritos del Reformador sobre la doctrina del arrepentimiento. Fundamentalmente, podemos encontrarla en los capítulos 3 y 4 del libro tercero de la Institución de la religión cristiana.
Primeramente, podemos observar que Calvino enseñaba que el arrepentimiento procede de la fe, al reconocer precisamente la gracia de Dios:
“Sin embargo, al afirmar nosotros que el origen del arrepentimiento procede de la fe, no nos imaginamos ningún espacio de tiempo en el que se engendre. Nuestro intento es mostrar que el hombre no puede arrepentirse de veras, sin que reconozca que esto es de Díos. Pero nadie puede convencerse de que es de Dios, si antes no reconoce su gracia” (Inst. III.3.2).
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Una de las tareas más interesantes en teología, de mayor importancia a la vez que más difíciles de hacer, es conseguir la traslación de nociones corrientes en la teología papista o católica-romana, a sus posibles equivalentes en teología protestante o evangélica. Disponemos de un amplio vocabulario compartido en las doctrinas que nos son comunes (por ejemplo, la de la Trinidad) pero en terrenos en los que divergimos (por excelencia, el de la gracia) hay ocasiones en las que se da una diferencia de nombres –de ahí, precisamente, la dificultad– para nombrar unos conceptos que pueden considerarse análogos o hasta comunes.
Tomemos el caso de la doctrina del arrepentimiento. En la teología romanista, este es llamado normalmente como “penitencia” y se le concibe básicamente como una obra de la Iglesia por la cual se transmite gracia a los pecadores arrepentidos, de ahí que se le considere incluso como un “sacramento”. Entre las obras que los pecadores han de hacer para recibirlo, destaca principalmente –además de la confesión, que no consideramos aquí– la llamada “contrición”. ¿En qué consiste esta contrición? La enseñanza del Concilio de Trento, recogida por el actual Catecismo, la define como:
“un dolor en el alma y una detestación del pecado cometido con la resolución de no volver a pecar” (Cc de Trento: DS 1676; citado en Catecismo 1451).
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CULTO DE LA MAÑANA
Romanos 8:15-17, “El Espíritu de adopción”.
¿Qué problema hay con una predicación «preparacionista» de la Ley? ¿Qué es el testimonio del Espíritu a nuestro espíritu? ¿En qué contexto se da este?
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CULTO DE LA TARDE
Romanos 4:11, “Sacramentos: Señales y sellos del Pacto de Gracia” (Catecismo de Heidelberg, domingo 25)
La visión bíblica sobre la naturaleza y necesidad de los sacramentos.
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Cada día, en casa y al salir a la calle, trabajando o en nuestro tiempo libre, nos estamos tratando continuamente con otras personas. Hablamos, reímos, compartimos, nos preocupamos con ellas, en una palabra, nos relacionamos. Para nosotros es algo tan normal, tan natural, que apenas nos damos cuenta de ello, o le concedemos importancia. Sin embargo, sí que la tiene. Porque las personas con la que nos relacionamos tienen una tremenda influencia en nosotros, así como nosotros les influimos a ellas. Nos dan a nosotros, y nosotros a su vez también les damos ellas. Nuestra personalidad cambia con el trato con los demás y así, de una manera natural, tendemos a parecernos a ellos, y ellos a nosotros, en lo que pensamos, hacemos, decimos, ¡incluso a hablar con el mismo acento!
Si esto es así con los hombres, no lo es menos con Dios. Nosotros somos seres personales que se relacionan con personas, y también lo es Dios. De hecho, nosotros somos personas, porque Dios un Dios personal, y nosotros hemos sido creados su imagen y semejanza. La relación, la comunicación y el amor, es algo que forma parte del ser mismo de Dios, ya que en la unidad de Dios subsisten las tres personas distintas dela Trinidad, el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo, quienes desde toda eternidad entre sí se comunican, se aman y planean juntos. Ciertamente, Dios no creó al hombre porque lo necesitara para salir de su soledad y poder comunicarse con alguien, puesto que Dios ya lo hacía en sí mismo, entre las personas dela Trinidad, sino para que el hombre como criatura pudiera conocer la gloria de Dios y comunicarse con Él.
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Las pruebas de la ley natural
1. Por la Escritura
XII. Los argumentos que demuestran la existencia de tal ley natural son numerosos. Por la voz de la Escritura, que afirma que “cuando los gentiles que no tienen ley –es decir, los escritos de Moisés, a diferencia de los Judíos– hacen por naturaleza lo que es de la ley, éstos, aunque no tengan ley, son ley para sí mismos, mostrando la obra de la ley escrita en sus corazones, dando testimonio su conciencia, y acusándoles o defendiéndoles sus razonamientos” (Rom 2:14-15). Y “lo que de Dios se conoce” se dice que es manifiesto a los gentiles, “pues Dios se lo manifestó” (Rm 1,19). Pero ¿cómo se puede decir que esta verdad es revelada a los gentiles, si esto dependiera exclusivamente de la voluntad del hombre, y que no estuviera en ellos por naturaleza e impreso y fijado en ellos por Dios?
A pesar de que no poseen la ley, ellos cumplen lo que está contenido en la ley, no en virtud de una doctrina o de una enseñanza previa, sino por naturaleza, de manera que son ley para sí mismos. Llevan su corazón la obra de la ley, a la que su conciencia da testimonio, aprobando o condenando sus acciones buenas o malas.
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CULTO DE LA MAÑANA
Romanos 8:14, “Los que son guiados por el Espíritu”
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CULTO DE LA TARDE
Miqueas 6:6-8, “Religión de méritos” (Catecismo de Heidelberg, domingo 24)
Dos religiones, la papista y la bíblia, acerca de los «méritos».
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«Natural» se entiende en un sentido amplio o estricto
V. La ley natural se entiende de dos maneras:
– O bien en un sentido amplio e impersonal, en la medida que se extiende a los objetos inanimados y brutos, y donde no implica nada más que el muy sabio gobierno de la providencia divina sobre las criaturas, la cual los dirige muy eficazmente hacia sus fines, en el sentido usado por el Salmo 119:91. Se trata aquí del movimiento celeste y la estabilidad terrestre: “Por tu ordenación subsisten todas las cosas hasta hoy, pues todas ellas te sirven” y “Los hizo ser eternamente y para siempre; les puso ley que no será quebrantada” (Sal 148:6). En este último texto, se habla de las obras de la creación: por esta ley, las plantas crecen, las bestias se reproducen y cada animal posee sus deseos que le son propios y sus instintos espontáneos.
– O bien, por ley natural, se entiende estricta y propiamente las normas prácticas de los derechos morales, a los que los hombres se ven obligados por naturaleza. En lo que respecta a esta ley, se plantea la cuestión de saber si existe una ley natural divina, reconocida como norma de lo que es justo o injusto, del bien o del mal, anteriormente a las leyes humanas, o si la justicia y la virtud dependen únicamente de la voluntad del hombre y resultan del consenso de la sociedad humana. Los ortodoxos dicen lo primero que hemos dicho; los libertinos, lo último.